Actualización 28 de junio de 2021.

LISTADO DEFINITIVO RESULTAADO PROCESO SELECTIVO ALUMNOS/AS POR ESPECIALIDADES:

  1. Los candidatos seleccionados para más de una especialidad habrán de renunciar por escrito a aquella/s que no deseen ocupar, haciéndolo llegar documento de renuncia a la Mancomunidad por cualquiera de estas vías:

                – entregar personalmente en la sede de la Mancomunidad

                – remitir por correo electrónico a dirección agentedesarrollolocal@laserenavegasaltas.es

                – remitir por fax al número 924 84 79 13

2.El plazo para renunciar es de 24 horas desde la publicación de la lista definitiva, estando vigente por tanto desde las 11:00 h del día 28 de junio hasta las 11:00h. del día 29 de junio.

3.Si la persona seleccionada en dos o más especialidades no presentase renuncia en el plazo establecido le será asignada la primera opción que conste en su itinerario de inserción del SEXPE.

4.Las personas seleccionadas deberán presentar en la sede de la Mancomunidad a partir de la publicación de la lista y hasta las 14:00 horas del día 29 de junio la documentación que se relaciona a continuación:

  • COPIA DEL DNI
  • COPIA DE LA TARJETA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Propio, no de beneficiario)
  • TARJETA DE DEMANDANTE DE EMPLEO

La no presentación supondrá la renuncia al puesto.

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Actualización 24 de junio de 2021

LISTADO DEFINITIVO DE ALUMNOS/AS SELECCIONADOS/AS POR ESPECIALIDADES

NOTA INFORMATIVA SOBRE LISTADO PROVISIONAL DE LA SEGUNDA FASE DE SELECCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE LAS PLAZAS DE ALUMNADO-TRABAJADOR DE LA Escuela Profesional Dual «Nuevo amanecer comarca Vegas Altas»

Se otorga un plazo de reclamaciones de dos días hábiles, a contar desde mañana.

Las reclamaciones podrán presentarse entre las 9:00 horas de mañana, día 24 de junio de 2021, a las 14:00 horas del día 25 de junio, en el Centro de Empleo de Vva. de la Serena.

Transcurrido el  indicado plazo y resueltas las posibles reclamaciones, se hará público el listado definitivo de personas seleccionadas para cada especialidad y localidad el día 28 de junio de 2021 y se asignarán los puestos ofertados por localidad y especialidad según el orden de puntuación final.

Los candidatos seleccionados para más de una especialidad habrán de renunciar por escrito a aquella/s que no deseen ocupar, haciéndolo llegar documento de renuncia a la mancomunidad por cualquiera de estas vías:

– entregar personalmente en la sede de la mancomunidad

– remitir por correo electrónico a la dirección agentedesarrollolocal@laserenavegasaltas.es

– remitir por fax al número 924 84 79 13

Se adjunta modelo de renuncia, por si alguna persona sabe que no desea ser contratado en ninguna especialidad.

Si desea participar de alguna especialidad, se aconseja esperar a la publicación de los listados definitivos del día 28 de junio, por si se admite alguna reclamación que varíe el resultado, y presentar renuncia antes de las 14:00 horas del 29/06/2021.

De no remitir documento indicando a que especialidad o especialidades desea renunciar y cual ocupar en el plazo indicado, la Mancomunidad asignará a ese/os candidatos/as a la especialidad que considere.

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Actualización 7 de junio de 2021

LISTADO DEFINITIVO DE ALUMNOS/AS PRESELECCIONADOS/AS POR ESPECIALIDADES.

NOTA DE INTERÉS PARA LOS ASPIRANTES A PUESTOS DE ALUMNO/A-TRABAJADOR/A DE LA ESCUELA PROFESIONAL.

Todas las entrevistas se realizarán en el Centro de Empleo de Villanueva de la Serena, (Avenida de los Conquistadores, 37D, 06700 Villanueva de la Serena, Badajoz)

-Los listados definitivos de preseleccionados (primera fase del proceso selectivo) incluyen el día y la hora de la entrevista.

-Cada candidato/a solo realizará una entrevista aunque esté preseleccionado/a para más de una especialidad.

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Actualización 1 de junio de 2021.

LISTADOS PROVISIONALES DE ALUMNOS/AS PRESELECCIONADOS/AS POR ESPECIALIDADES.

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ACTUALIZACIÓN 31 DE MAYO DE 2021. 13.25 HORAS.

Desde el SEXPE se nos comunica que los listados provisionales de alumnos-as/trabajadores preseleccionados de la EPD Nuevo Amanecer Comarca Vegas Altas, cuya publicación estaba prevista para hoy, 31 de mayo, no se difundirán hasta mañana, 1 de junio de 2021.

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Actualización 19 de mayo de 2021

BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DEL ALUMNADO-TRABAJADOR DEL PROYECTO DE ESCUELA PROFESIONAL DUAL «NUEVO AMANECER COMARCA VEGAS ALTAS» PROMOVIDO POR LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE SERVICIOS «LA SERENA – VEGAS ALTAS»

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Actualización 14 de mayo de 2021

INFORMACIÓN GENERAL PARA EL ALUMNADO-TRABAJADOR DEL PROYECTO DE ESCUELA PROFESIONAL DUAL «NUEVO AMANECER COMARCA VEGAS ALTAS»

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Actualización 12 de mayo de 2021

INSTRUCCIONES GENERALES DEL SEXPE PARA LA SELECCIÓN DEL ALUMNDO-TRABAJADOR DE LOS PROYECTOS DEL PROGRAMA DE ESCUELAS PROFESIONALES DUALES DE EMPLEO DE EXTREMADURA APROBADOS AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DE 29 DE DICIEMBRE DE 2020.

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INFORMACIÓN GENERAL

Serán personas desempleadas, mayores de 18 años e inscritas en los Centros de Empleo del SEXPE y deberá estar desarrollando o haber desarrollado en los últimos doce meses un itinerario individual y personalizado de empleo con el SEXPE o con una entidad colaboradora.

En este mismo sentido, la persona participante deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Orden de 26 noviembre de 2020.

Artículo 11. Personas destinatarias finales del Programa

Podrán participar como alumnado-trabajador en estas acciones las personas desempleadas mayores de 18 años e inscritas en los Centros de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Encontrarse, en su caso, incluidas en el grupo o colectivo concreto de personas desempleadas de difícil empleabilidad que se hubiese delimitado expresamente en la convocatoria de subvenciones a las entidades promotoras, porque fuese necesario para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, las Estrategias Europea y Española de Activación para el Empleo, la Estrategia de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025 y Planes de Empleo consensuados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como podrían ser, entre otros, las personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, desempleadas mayores de 45 años o desempleadas de larga duración.


b) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra índole para la realización de las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de acuerdo con la normativa de aplicación.
A dichos efectos, y sin perjuicio de otros supuestos, se entenderá que no se ostenta el presente requisito, si al tiempo de realizar la contratación laboral correspondiente, y así procediera legalmente, los servicios de prevención de riesgos laborales de la entidad promotora emitieran informe desfavorable al respecto sobre la imposibilidad de adecuar la debida protección de la salud o
integridad física y el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo a desempeñar, derivada de su situación psicofísica previa al contrato.


c) Estar desarrollando o haber desarrollado en los últimos doce meses un itinerario individual y personalizado de empleo con el SEXPE o una entidad colaboradora, que deberá cumplir los siguientes requisitos:

— Tener suscrito un acuerdo personal de empleo con tutor asignado o tutora asignada.

— Que en el diseño o posterior actualización del itinerario individual y personalizado de empleo se haya contemplado como medida a desarrollar la mejora de su cualificación profesional a través de un programa público de empleo-formación.

d) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y aprendizaje.

e) Si la formación del proyecto está dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad de nivel de cualificación 2 o 3 deberán cumplir los requisitos mínimos exigidos en la normativa para el acceso a los mismos.

f) Carecer de titulación, competencia o cualificación profesional en la misma materia específica, igual o superior a la que se adquirirá en el desarrollo de la acción.

g) Adecuación al correspondiente puesto según los perfiles profesionales establecidos en el proyecto formativo de la acción aprobada.

h) Si las actividades a efectuar por el alumnado trabajador implican trabajar con menores, acreditación a través del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de la carencia de delitos de naturaleza sexual, según la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

El alumnado-trabajador seleccionado deberán mantener estos requisitos a la fecha de contratación por la entidad promotora.


Por los mismos motivos que los indicados en la letra a) del apartado anterior de este artículo, en la convocatoria de subvenciones a las entidades promotoras se podrá determinar grupos o colectivos de personas desempleadas de difícil empleabilidad preferentes o la reserva de un porcentaje de plazas para algunos de ellos, salvo que no sea posible por falta de personas candidatas idóneas.

La inexactitud o falsedad de los datos aportados por los y las aspirantes a participar en el programa para la comprobación de los requisitos anteriormente establecidos y/o los criterios de prioridad supondrá causa de exclusión.

El alumnado trabajador tendrá derecho a recibir formación teórico-práctica de calidad en los términos establecidos en esta orden y demás normativa que resulte de aplicación, siendo obligaciones del mismo seguir con aprovechamiento y diligencia las enseñanzas recibidas, participar de manera activa tanto en los aspectos teóricos como de trabajo efectivo, y en la evaluación y tutorización de las mismas así como asistir regularmente cumpliendo los horarios y normas que se estipulen por la entidad promotora dentro de los límites fijados en esta orden y en el ordenamiento jurídico vigente.

Por aprovechamiento se entiende tanto la adecuada actitud en relación con el aprendizaje como el mantenimiento de actitudes y comportamientos respetuosos con sus compañeros y compañeras, personal de la entidad promotora y de los organismos públicos encargados del seguimiento de las actividades formativas.

Las personas participantes con responsabilidades familiares y de cuidado, podrán conciliar su participación en este programa con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares hasta el segundo grado en situación de dependencia o de enfermedad muy grave, utilizando las ayudas previstas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral conforme a su normativa
específica.